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Por resolución de la H.
Comisión Directiva, se dispuso que para la
formación y el funcionamiento de Filiales y
Peñas del Club Atlético All Boys, las
propuestas deberán adecuarse al presente
Reglamento:
1º - El Club Atlético All Boys reconocerá
oficialmente toda Filial o Peña del interior
y exterior de nuestro país, que los
simpatizantes deseen organizar en su
localidad y zona de influencia, siempre que
sus componentes cumplimenten las
disposiciones del presente Reglamento, no
vulneren las disposiciones estutarias y
reúnan los requisitos de seriedad y moral
que H. C. D. estime necesarios, siendo
facultad privativa de sus directivos el
reconocimiento o no de la misma.-
2º - Las Filiales y Peñas
comenzarán a actuar luego de ser aprobadas
por la Comisión Directiva del Club Atlético
All Boys.-
3º - La Honorable Comisión
Directiva podrá, por propia decisión, crear
Filiales o Peñas en localidades donde lo
estime conveniente.-
4º - Las metas que
perseguirán fundamentalmente estas
agrupaciones de socios y simpatizantes,
serán las siguientes: a) consolidar y
difundir los lazos de unión y camaradería
que deben existir entre todos los
simpatizantes, sin otra distinción que su
adhesión a nuestro Club; b) difundir el
deporte en todas sus manifestaciones; c)
recibir, apoyar y alentar a las delegaciones
del Club que arriben a la localidad; d)
apoyar y colaborar con la Comisión Directiva
del Club en toda iniciativa que esta
promueva; e) fomentar la incorporación de
socios en toda su zona de influencia; f)
vincularse con todos los medios sociales y
deportivos de la zona.-
5º - Dentro del organigrama
de la Institución, los integrantes de la
Comisión Interna de una Filial o Peña,
tendrán el mismo nivel jerárquico que los
miembros de las distintas sub comisiones del
Club.-
6º - Las Filiales y Peñas
sólo podrán actuar en nombre y
representación del Club Atlético All Boys
mediante previa aprobación de la Honorable
Comisión Directiva para un sólo fin
determinado.-
7º - Todos los cargos
internos de las Filiales y Peñas son
totalmente AD-HONOREM, no teniendo por ello
remuneración alguna.-
8º - Las Filiales y Peñas
pueden funcionar en un local cedido o
arrendado, en cuyo caso, todo gasto tanto de
alquiler como de impuestos, servicios,
administrativos, seguros y personal si los
hubiera, correrán por cuenta y orden de los
mismos, exonerando al Club Atlético All Boys
de toda eventual responsabilidad.-
9º - Las Filiales y Peñas se
relacionarán con el Club Atlético All Boys a
través del Secretario de Relaciones Públicas
de nuestra Institución, ante quien elevarán,
de corresponder, toda información o
inquietud a la Comisión Directiva del Club.-
10º - No podrán utilizar como
nombre de la Filial o Peña el nombre del
Club Atlético All Boys.-
11º - Las Filiales o Peñas
podrán cobrar una cuota mensual de adhesión
la que en ningún caso podrá ser superior a
la tercera parte del valor que abona el
socio activo de nuestra Institución.-
12º - Para constituir una
Filial o Peña deberá hacerse un Acta
Fundacional donde figure la fecha de la
fundación, nombre y domicilio de la filial o
peña, los nombres y apellidos, domicilio,
tipo y número de documento de identidad y
número de socio del Club Atlético All Boys,
cuando así correspondiere, de los adherentes
a la misma y todo dato de interés. Al pie
del Acta deben constar las firmas de todos
los Socios Adherentes presentes.-
13º - Para solicitar su
reconocimiento como Filial o Peña, deberán
enviar al Club Atlético All Boys el Acta
Fundacional y el Libro de Actas de las
reuniones de la Comisión Interna de la
Filial o Peña, acompañados por una solicitud
en la que se detallará la siguiente
información: a) nombre de la Filial o Peña;
b) domicilio y demás datos identificatorios
del local donde funcione; c) dirección de
mail y/o página web, si los hubiere; d)
nómina de los integrantes de la Comisión
Interna y adherentes, con expresa indicación
del cargo que ostentan, incluyendo los
nombres y apellidos completos, domicilio,
teléfono, tipo y número de Documento de
Identidad, dirección de mail y número de
socio del Club Atlético All Boys cuando así
correspondiere en este último caso; e) días
y horarios de reunión; f) toda otra
información que se considere de interés. Una
vez cumplido este trámite y aceptada por
Comisión Directiva del Club la constitución
de la Filial o Peña, se devolverá, previa
rubricación y foliado de todas las hojas, el
Libro de Actas de las reuniones de la
Comisión Interna de la Filial o Peña. -
14º - Podrán ser aceptadas en
calidad de Filial, aquellas que se
constituyan en localidades o zonas de
influencia con más de 10.000 habitantes y
tengan un mínimo de 15 personas adherentes
de las cuales 5 deberán ser socias del Club
Atlético All Boys.-
15º - Cada Filial será
presidida por una Comisión Interna integrada
por habitantes de la localidad y aledaños
que revisten la calidad de adherentes de la
misma. Dicha Comisión se conformará con un
presidente, un vicepresidente, un
secretario, un tesorero, debiendo estos
cuatro ser socios del Club Atlético All Boys,
y un mínimo de 2 vocales. Los demás
componentes revestirán la calidad de
adherentes.-
16º - Podrán ser aceptadas en
calidad de Peña, aquellas que no puedan
cumplimentar los requisitos para ser
reconocidas como Filial y las que se
constituyan en localidades o zonas de
influencia con menos de 10.000 habitantes y
tengan un mínimo de 10 personas adherentes
de las cuales 3 deberán ser socias del Club
Atlético All Boys.-
17º - Cada Peña será
presidida por una Comisión Interna integrada
por habitantes de la localidad y aledaños
que revisten la calidad de adherentes de la
misma. Dicha Comisión se conformará con un
presidente, un secretario y un tesorero,
debiendo estos ser socios del Club Atlético
All Boys. Los demás componentes revestirán
la calidad de adherentes.-
18º - A la finalización de
cada año calendario, la Filial o Peña deberá
enviar un detalle de lo actuado e informar
sobre la continuidad de los requisitos
mínimos establecidos conforme los párrafos
15º y 17º del presente reglamento
19º Cuando una Filial o Peña
reconocida decida transformar su calidad de
tal en uno u otro sentido, por haberse
modificado sus requisitos mínimos conforme
los párrafos 15º y 17º, ut supra
mencionados, deberá proceder de acuerdo a
este Reglamento para su aprobación. |